LA FRASE

"ELCOMITÉ DE CRISIS POR LA GUERRA EN MEDIO ORIENTE LO DISOLVÍ AL DÍA SIGUIENTE DE CREARLO PARA QUE VEAN QUE VOY EN SERIO CON LO DE ACHICAR EL ESTADO." (JAVIER MILEI)

sábado, 3 de septiembre de 2011

OBSERVACIONES


En reiteradas oportunidades hemos dicho en este blog que el gobierno de Binner tuvo muchísimas observaciones legales del Tribunal de Cuentas, y dictó otros tantos decretos de insistencia; porque nunca dio marcha atrás en las decisiones cuestionadas.

Barricada nos hizo notar -con muy buen criterio- que deberíamos explicar un poco mejor (y sencillamente) el asunto para aquéllos lectores que no saben muy bien de que se trata; o como él lo dice: hablar para el sabalaje, dicho esto sin connotaciones futbolísticas. Vamos a ver si podemos satisfacer la inquietud.

El Tribunal de Cuentas es el órgano de control externo de la Administración Pública, creado por la Constitución Provincial para "aprobar o desaprobar la percepción e inversión de caudales públicos y declarar las responsabilidades que resulten"; y tiene entre sus funciones el control de legalidad de los actos administrativos referidos a la hacienda pública, o sea aquéllos por los que se perciben o invierten dineros públicos.

Ese control se hace simultáneamente al dictado del acto por el funcionario competente (decreto del gobernador, resolución de algún  ministro o autoridad de organismo autárquico o empresa del Estado, etc) una vez que éste lo comunica al Tribunal; y dentro de los plazos y el procedimiento que establece la Ley 12.510 de Administración, Eficiencia y Control del Estado.  

Cuando el Tribunal considera que el acto analizado viola una norma legal o reglamentaria puede observarlo; lo que implica que queda suspendido en su ejecución (no puede seguirse cumpliendo, o produciendo efectos), a menos que el Gobernador dicte un decreto de insistencia (es la única autoridad facultada para hacerlo).

En ese caso el acto recobra ejecutividad y sortea la observación legal del Tribunal, pero éste debe comunicar a la Legislatura su observación y la insistencia, para que el Poder Legislativo analice el caso, y determine si hay responsabilidades políticas, o aun irregularidades administrativas o hechos de corrupción.

En esos casos en el Poder Legislativo debe tomar intervención una Comisión Bicameral de Control creada por la misma Ley 12.510; que no se ha integrado nunca en los cuatro años del gobierno del Frente Progresista, por la negativa sistemática de sus bloques legislativos de darle mayoría en su composición a la oposición, es decir al justicialismo.

Por esa razón ninguna de las 218 observaciones legales que formulara el Tribunal de Cuentas a actos administrativos de Binner y sus funcionarios, pudo ser analizada y discutida en la Legislatura, para poner en marcha los mecanismos de control político del Ejecutivo. 

Prácticamente todos los ministerios y áreas del gobierno de Binner (y los organismos que de ellos dependen) tuvieron observaciones legales, por causas variadas: contratos de locación de servicios de en los que no se acredita debidamente la capacidad especial de los contratados y son nombramientos de personal encubiertos, designaciones de personal creando vacantes por decreto (cuando la creación neta de cargos es atribución de la Legislatura, y no del Poder Ejecutivo), o contrataciones directas en que se prescinde de la licitación pública o privada o el concurso de precios que corresponde al monto del contrato; y no se justifica ni fundamenta debidamente la circunstancia de excepción que se invoca (urgencia, exclusividad o monopolio, etc).

Es decir que la mayoría de los actos observados por el Tribunal de Cuentas refieren a los mecanismos usados por el gobierno del Frente Progresista para montar una enorme planta de personal político; o a sus decisiones más controvertidas; razones por las que Binner ha insistido sistemáticamente en ejecutarlos, es decir: se nefrega en las observaciones.

Hasta el 26 de agosto pasado (último dato disponible)  Binner llevaba dictados 115 decretos de insistencia: 6 en el 2008, 32 en el 2009, 34 en el 2010 y 43 en lo que va del 2011; lo que revela además que la tendencia va en constante ascenso, aunque hable todo el tiempo de calidad institucional.

Acá van algunos de los casos más emblemáticos (con el enlace al decreto de insistencia correspondiente):

Contratación directa por razones de urgencia del Banco Municipal de Rosario para emitir la tarjeta magnética de los planes sociales

Contratación directa de los hospitales municipales de Rosario para la atención de los casos de máxima complejidad 


Contratación directa de Telefónica de Argentina para hacer una auditoría sobre los teléfonos del Gobernador, para detectar probables "pinchaduras" 

Contratación directa de una empresa rosarina fantasma para las transmisiones televisivas de los actos oficiales


Contratación directa por la concesión de la Autopista Santa Fe-Rosario, a un consorcio de empresas no constituido legalmente

Contratación directa de trabajadores tercerizados y precarizados por la EPE en Rosario, para la atención al público y operar un call center 


Adjudicación de la obra y adicionales que encubrieron sopreprecios en la construcción del nuevo hospital de Venado Tuerto

Entrega de subsidios a los beneficiarios de un plan de viviendas en Rafaela, porque los dejaron afuera de la adjudicación con un sorteo fraudulento

Entrega de subsidios a la Fundación Proteger para eludir la licitación pública en trabajos de mantenimiento en la Granja La Esmeralda

Contratación de Vicentico, con dos representantes distintos, en actuaciones separadas por un día de diferencia

Y como dato de color, para que se vea que insistir en los actos observados por el Tribunal de Cuentas es una política de Estado para el gobierno del Frente Progresista; hasta la vicegobernadora Griselda Tessio se dio el gusto de dictar un decreto de insistencia; en uno de los ocasionales períodos en que reemplazó a Binner, que estaba de viaje. 

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