LA FRASE

"LA CANTIDAD DE PERROS DEL PRESIDENTE ES UNA DE LAS CUATRO O CINCO COSAS EN LAS QUE LOS ARGENTINOS NOS TENDRÍAMOS QUE PONER DE ACUERDO." (MANUEL ADORNI)

sábado, 1 de marzo de 2014

LAS ARMAS OCULTAS


Leíamos en La Capital de ayer: "El diputado provincial por el Movimiento Evita Eduardo Toniolli presentó un pedido de informes dirigido al Ministerio de Seguridad provincial, para que se informe sobre el cumplimiento de una normativa nacional que obliga a informar al Registro Nacional de Armas de Fuego (Renar) sobre el destino de las armas extraviadas o sustraídas a la policía y todas las armas incautadas en operativos.

El proyecto de Toniolli, aprobado sobre tablas, apunta a informar sobre el cumplimiento de la normativa nacional de coordinación entre el Renar  y las policías provinciales, relación regulada por la Ley nacional 25.938.

Al respecto el diputado Toniolli manifestó que "el Estado provincial tiene obligación de denunciar al Renar todas las armas extraviadas o sustraídas a la policía y todas las armas incautadas en operativos", y agregó que "sin embargo el Renar informó que durante el 2013 la Unidad Regional II secuestró 1195 armas de fuego en distintos procedimientos y sólo informó el destino de 3 de ellas".

"Esto configura una violación abierta del artículo 2º de la ley, que exige se informe dentro de los 10 días hábiles", dijo Toniolli, para quien esta situación representa "una irregularidad en la que el poder judicial también tiene responsabilidad".".

En efecto, y tal como lo señala Tognoli, la Ley 25.938 (2004) es muy clara al respecto en sus artículos 2 a 4 que transcribimos:

"ARTICULO 2º — MATERIALES: En el Registro que se establece por el artículo anterior se asentarán los datos correspondientes a las armas de fuego, sus partes y repuestos, municiones y demás materiales controlados incluidos en la Ley Nacional de Armas y Explosivos y sus reglamentaciones, que hayan sido secuestrados o incautados por las autoridades que se indican en el artículo siguiente. A dicha información tendrán acceso pleno el Registro Nacional de Armas y la Secretaría de Seguridad Interior, a los fines del adecuado ejercicio de sus respectivas competencias.

ARTICULO 3º — INFORMACION: Los Poderes Judiciales Nacional y Provinciales, Fuerzas de Seguridad, Policía Federal Argentina y Policías Provinciales, y demás organismos competentes que en el ejercicio de las atribuciones que le son propias procedan al secuestro o incautación de los materiales mencionados en el artículo 2º, deberán dentro de los diez (10) días hábiles de producido el mismo, informar al Registro Nacional de Armas lo siguiente:

a) Lugar y fecha del secuestro o incautación y descripción sumario de las circunstancias;
b) Tipo de arma, sistema de disparo, marca, modelo si lo tuviere o fuese conocido, calibre y numeración de serie;
c) Tratándose de munición, tipo, calibre y cantidad de la misma;
d) Detalle preciso de todo otro material controlado que fuere objeto del secuestro y/o incautación;
e) Autoridad judicial o administrativa interviniente, carátula, número de la causa y datos de las personas involucradas.
ARTICULO 4º — DEPOSITO TRANSITORIO: Hasta tanto se adopte decisión definitiva sobre su destino, los materiales secuestrados o incautados deberán ser depositados en los lugares y bajo las condiciones de seguridad que se fijarán por vía reglamentaria, circunstancia ésta que también deberá ser informada en los términos previstos en el artículo anterior, con indicación de la autoridad responsable del mismo.
Todo cambio del lugar de depósito de los materiales, o de la autoridad depositaria responsable de los mismos deberá ser informado al Registro Nacional de Armas dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de producido." . (las negritas son nuestras)
El año pasado en el Departamento Rosario (jurisdicción de la Unidad Regional II) ocurrieron 264 muertes violentas, producidas en su mayoría por armas de fuego; y hasta este viernes se llevaban 64 en 59 días del 2014: más de una por día. De seguir así la tendencia, el triste récord del 2013 será lamentablemente superado.
Lo que advierte el diputado del Movimiento Evita es que la policía santafesina secuestró el año pasado en distintos procedimientos 1195 armas de fuego, pero sólo informó al RENAR sobre 3: un chiste, si no fuera macabro; y si no fuera que a su vez es ya innumerable la cantidad de efectivos de la fuerza procesados o condenados por la justicia por connivencia estrecha con bandas crminalesd; en especial narcos.
En la mima nota dice Tognoli que 178 policías rosarinos denunciaron el año pasado el extravío del arma reglamentaria; una cantidad altísima en proporción a la cantidad de efectivos: ¿habrán sido por negligentes, que es lo mínimo que corresponde?
A poco que se investigue en cualquier dirección, la situación de la policía santafesina huele mal; y las autoridades políticas del área siguen sin dar respuestas coherentes y convicentes.
Ni hablar las autoridades judiciales (también implicadas en las groseras violaciones a la ley nacional que señala Tognoli); que parecen más preocupadas por las críticas del Defensor General Ganón a la silueta y la vestimenta del presidente de la Corte provincial.

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