LA FRASE

"NO ES TAN DIFÍCIL DE ENTENDER: ESTELA DE CARLOTTO ES GOLPISTA Y EL GENERAL VIDELA LO ÚNICO QUE HIZO FUE COMBATIR AL TERRORISMO." (VICTORIA VILLARRUEL)

jueves, 11 de diciembre de 2014

UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA


Que por estos tiempos -y desde un buen tiempo a ésta parte- la justicia es en la Argentina un territorio en y de disputa, no es ninguna novedad: el efecto "develación" que la experiencia kirchnerista supuso en muchos campos de nuestra realidad política y social, se revela allí con fuerza y nitidez.

Entramados de intereses, estructuras corporativas, vínculos aceitados con el poder político y -sobre todo- con el económico-, comportamientos de casta, tibios ensayos de democratización vieron la luz en éstos años; al compás del proceso político que vive el país. 

En ese contexto se conocieron ayer dos fallos (uno de ellos estaba más oculto, ya que era del día anterior) emblemáticos por sus protagonistas, y por sus implicancias políticas: primero el juez en lo civil y comercial Alfonso dictó una nueva cautelar en beneficio del Grupo Clarín, posponiendo por seis meses (el plazo máximo que permite la Ley 26.854 cuando se decretan contra el Estado) el procedimiento de adecuación de oficio de sus licencias, a los límites establecidos por la ley de medios.

Luego la jueza de primera instancia en lo contencioso administrativo que debía resolver el fondo del reclamo de La Nación para no pagar impuestos, declaró abstracta la presentación y determinó que los debe pagar; aun cuando sin considerársela en mora por los años en que no lo hizo amparada por una cautelar; conforme lo había ordenado  el reciente y bochornoso fallo de la Corte Suprema. Siguiendo éste enlace pueden acceder la texto completo del fallo, en el portal del Poder Judicial.

En el primer caso la resolución de Alfonso (curiosamente no disponible en el sitio web que regentea Lorenzetti) corre en paralelo con una presentación similar (en éste caso un amparo con pedido de cautelar) tramitada en la justicia contencioso administrativa por las principales figuras ¿periodísticas? del grupo, aduciendo en éste caso un supuesto peligro de perder sus fuentes de trabajo; porque la adecuación de oficio sería para forzar a Clarín a vender sus medios a empresarios amigos del gobierno.

Una estrategia de pinzas del Grupo, que por un lado trata de volver a llegar a la Corte Suprema (en éste caso para discutir los términos de su plan de adecuación), y por el otro de habilitar una eventual instancia ante la CIDH; en la cual no pueden litigar las empresas o grupos económicos, pero sí los ciudadanos, como los ¿periodistas? del caso.

Por lo pronto el juez ha vuelto a poner el desguace del multimedios bajo un paraguas protector, con un término coincidente con el del cierre de listas de las próximas PASO, y hasta entonces deberá estudiar el fondo de la causa, y decidir si prosigue o no la adecuación forzada. 

Se ocupó en su fallo de dejar sentado (porque así lo dice además la propia ley de cautelares) que la medida puede ser modificada o cesada en cualquier tiempo, conforme lo exijan las circunstancias de la causas: probablemente una señal para que no lo aprieten (y no sólo desde el gobierno, sino desde el propio Grupo) desde ahora y hasta junio, con la decisión final.

Sabido es que el proceso de adecuación forzada de Clarín es, en sí mismo, de una complejidad tal que resultaba poco probable que concluyera en su totalidad antes del fin del mandato de Cristina; pero lo que esta nueva resolución de la justicia pone en evidencia es que los poderes económicos acuden a los tribunales, sabedores de que allí pueden plantear las cosas en términos que los favorecen, porque juegan otros factores. 

Y con el ánimo de estirar las cosas el mayor tiempo posible, a ver si cambia el panorama político y pueden lograr que se de marcha atrás con las leyes que lesionan sus intereses; como es el caso de la ley de medios.

En definitivas y en cuanto a la plena vigencia de esa ley respecta, las instituciones de la democracia -en especial la justicia- tienen pendiente aun superar la "prueba ácida" de su capacidad de imponerse al poder económico; de la que hablaba Cristina cuando envió el proyecto al Congreso.  

En éste contexto y por contrario imperio, no deja de sorprender gratamente la sentencia de la jueza Ailán en el caso de La Nación; máxime cuando la mayoría de la Corte en su intervención le había marcado claramente la cancha con una resolución que incursionaba abiertamente en el fondo de la cuestión, en clara contradicción con numerosos fallos de la propia Corte que señalaban los límites de la función judicial, para no entrometerse en las atribuciones de los demás poderes del Estado.

Fallos que con prolijidad recordó ayer la jueza en el suyo, para señalar lo obvio: los jueces no pueden legislar con sus sentencias, ni sustituir a los poderes políticos electos por la voluntad popular en la elección de cuáles son las políticas públicas más adecuadas; así como tampoco pueden otorgarles a los justiciables -con sus sentencias- un régimen impositivo a su medida, que sea distinto al que el legislador dispuso.

Ailán declaró abstracta la acción declarativa de certeza interpuesta por La Nación -entre otros- porque la supuesta "incertidumbre" sobre el régimen impositivo de la prensa gráfica que se aducía desapareció con la sanción de la Ley 26.982, en septiembre de éste año; señalando además que si lo que los grandes medios pretenden es otro tratamiento impositivo (gozando por ejemplo de las ventajas promocionales que ésa ley da a los más pequeños), el camino no son los tribunales sino el Poder Ejecutivo y el Congreso.

Un párrafo final sobre las cautelares: mientras por un lado vuelven a aparecer como el salvavidas de un grupo de poder económico para seguir sin cumplir con una ley de la democracia sancionada hace 5 años y declarada constitucional hace uno por el máximo tribunal de justicia del país, por el otro cae una que perduró durante 11 años, fulminada por una clarísima sentencia de fondo que resuelve la cuestión (aunque lógicamente cabe esperar que sea apelada), con fundamentos conocidos desde antaño, muchos de ellos aportados por la propia Corte Suprema que convalidó la bochornosa "cautelar eterna". 

Derrotero similar recorrió en su momento la ley de medios, culminando con la declaración de constitucionalidad de los supremos hace poco más de un año.

Lo que nos permite reflexionar sobre las objeciones que algunos (aun bienintencionados, como el CELS) hicieron en su momento a la ley que regula las medidas cautelares contra el Estado, sobre la base del -respetable- argumento de que son una herramienta para proteger a los más débiles, de los atropellos estatales.

La praxis judicial contemporánea demuestra que, sin desconocer que eso pueda pasar, las cautelares terminan convirtiéndose en el atajo procesal al que apelan los poderosos cuando no pueden frenar leyes de fondo que lesionan sus intereses; ni resistir un debate público en serio sobre las políticas públicas que ellas instrumentan, como quedó palmariamente demostrado en el paupérrimo desempeño de los abogados del Grupo Clarín en la audiencia pública de la Corte por la ley de medios.

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