LA FRASE

"NO ES TAN DIFÍCIL DE ENTENDER: ESTELA DE CARLOTTO ES GOLPISTA Y EL GENERAL VIDELA LO ÚNICO QUE HIZO FUE COMBATIR AL TERRORISMO." (VICTORIA VILLARRUEL)

jueves, 28 de enero de 2016

DISFRAZADA, VOLVIÓ LA DOCTRINA BINNER-TOGNOLI


Ayer se presentó como "un decreto para tener mayor autoridad civil" el que dictó Lifschitz para pasarle al ministro de Seguridad Pullaro la atribución de designar a los Jefes de las Unidades Regionales y de la Plana Mayor Policial; que antes estaba en manos del Jefe de Policía.

Pero si se mira en el anexo del Decreto 32, el cambio consiste en que ahora el Jefe "propone" a los que se harán cargo de esas funciones, el Secretario de Seguridad debe "dictaminar" si está de acuerdo, y el ministro resuelve la designación. Más o menos lo mismo que pasaba siempre, pero ahora formalizado por escrito.

Designación que -aclaremos- no es un "ascenso", sino la asignación de una determinada función, conservando el grado dentro del escalafón policial.

Sin embargo, mirando en los fundamentos del decreto se advierten inconsistencias:


Como vemos, aparecen mencionados los "ascensos" policiales, y las facultades que le da al Jefe de la fuerza la Ley Orgánica de la Policía 7395. Los artículos citados no tienen nada que ver con lo que se estaba decidiendo: el 26 establece los requisitos -justamente- para ser Jefe, el 28 sus funciones (entre ellas proponer los ascensos), el 30 los requisitos para ser Subjefe de Policía y sus funciones, y el 41 refiere a la Plana Mayor Policial; pero nada dicen sobre quien dispone las designaciones en las URI y en ella.

La que sí lo dice es la Ley 12.521 del personal policial en su artículo 71: "Los cambios de destino y traslados del personal, sólo pueden ser dispuestos por el Jefe de Policía“. Ser designado en la Plana Mayor o como Jefe de una Unidad Regional es -justamente- un "cambio de destino", por lo que el decreto va más allá de la ley.

El tema es que el socialismo (y sus socios de la UCR) quieren evitar por todos los medios mencionar esa ley, que por años trataron sistemáticamente de no cumplir, haciendo los ascensos por concurso: ver al respecto acá. Cuando ya no les quedó mas remedio, llamaron a concursos donde terminan ascendiendo todos (sin cupos de vacantes previamente establecidos, como manda la ley), como con las viejas Juntas de Calificaciones.

Un maquillaje para lograr que la corporación policial "acepte" cumplir con una ley sancionada en el 2005, con amplísimo consenso y mayorías en la Legislatura; votada incluso por los que hoy son gobierno, y entonces eran oposición.

Pero lo más grave es que los propios fundamentos del decreto vuelven a confundir una "función" (ser Jefe de una Unidad Regional, integrar la Plana Mayor Policial) con un ascenso; para lo cual la ley exige concurso como se dijo. 

Lo que ocurre es que las normas establecen determinado grado para ser -por ejemplo- Jefe o Sub Jefe de Policía de la provincia, y ahora el decreto lo agrega, para conducir la Plana Mayor. Si se mezclan ambas cuestiones, se enturbian más los ascensos; supeditándolos no a los méritos del personal que aspira a ellos, sino a los vericuetos de la interna policial.

O en el ministerio de Seguridad ignoran lo que dice el artículo 71 de la ley del personal policial (muy probable), o no quisieron impulsar su reforma, para no abrir una caja de Pandora que luego no pudieran controlar.

Pero lo que debe quedar claro es que mientras los ascensos son un procedimiento reglamentado, las designaciones en cargos estratégicos del organigrama policial son decisiones políticas.

Confundir una cosa con la otra (como se infiere de los fundamentos del decreto) lleva a desligarse luego de las responsabilidades políticas por decisiones que son (reiteramos, por si no queda claro) políticas.

Como hizo en su momento Binner cuando intentó justificar la designación de Tognoli como Jefe de Policía, con el argumento (falso) de que "era al que le correspondía el ascenso"

1 comentario:

GISOFANIA dijo...

Necesito asesoramiento en mi análisis, compañeros: yo peco de alienada o realmente la declaración de emergencia hídrica es un nuevo mamarracho jurídico que en vez de aportar soluciones va a contribuir a hundir al país en la miseria? al menos eso se me ocurrió cuando leí lo de “llevar a cabo todas las negociaciones destinadas a lograr financiamiento externo para afrontar la situación crítica”