LA FRASE

"QUE DESDE LA VICEPRESIDENCIA SE SOSTENGA UNA AGENDA QUE NO SEA LA DEL GOBIERNO ES ALGO QUE NUNCA SE HA VISTO." (JULIO COBOS)

martes, 22 de marzo de 2016

TAPIZADO DE INTENCIONES, SIN NADA DE PAVIMENTO


Que la concesión de la autopista Santa Fe-Rosario nació mal y la secuela del desaguisado de su desarrollo la podés encontrar contada anticipadamente en los post anteriores del blog, a los que accedés siguiendo este enlace.

Como explicábamos hace un tiempo acá“La de la autopista es una concesión de obra pública que se financia por el peaje que se autoriza a percibir de los usuarios. El contrato prevé que el concesionario-contratista debe ocuparse de la administración, explotación, gerenciamiento, mantenimiento, mejoras, ampliación, conservación, remodelación y repavimentación de la calzada, mediante el peaje que es fijado unilateralmente por la Provincia; siendo su ganancia un porcentaje que se denomina "pago por vehiculo pasante" (PVP), que era la oferta económica que definía al ganador (el oferente que menor importe ofertaba por PVP era el que mejor oferta hacía).

Con la diferencia entre el PVP y la tarifa (y otros aportes menos significativos previstos en el pliego) se formaba un "fondo de obras" para financiar otros trabajos distintos a los definidos a cargo del concesionario-contratista. Va de suyo entonces que el fondo de obras no es del tercero contratante, sino de la Provincia.

Ahora bien, la obra principal definida a cargo del concesionario es la repavimentación de la calzada; pero hete aquí que tal obra se encuentra tanto en el pliego como en el contrato indefinida.

Es que no hubo al momento de licitar ni al de celebrar el contrato precisión sobre que significaba técnicamente repavimentar (pensemos simplemente los que somos legos en tipo, grosor y consistencia del material), cuál era el costo que la Provincia estimaba que significaba hacerlo a su satisfacción (importante para determinar la corrección de la ecuación económica de la oferta y la factibilidad de su amortización, y aventar ofertas muy bajas inviables), el plazo de ejecución y la programación de los trabajos.

Dado lo anterior, la concesión pensada para hacer a nuevo la autopista evidentemente ya naufragó, y el concesionario se encarga del gerenciamiento de la unidad de negocios, satisfaciendo el pago del canon mensual, efectuando un mantenimiento superficial de la calzada y obteniendo una extraordinaria ganancia por PVP; aprovechando el incremento constante del parque automotor y el uso de la vía de circulación.”

Ese naufragio, que oteamos en setiembre de 2014, hoy lo reconoce la actual gestión socialista (ver en particular acá o acá )

Lo que llama la atención son las contradicciones en las que entra el Ministro de Infraestructura de la Provincia José Garibay cuando cuenta lo que pasa con la concesión y anuncia lo que va a hacer.

Reconoce que el concesionario no cumplió con el contrato, que era repavimentar en cinco años la totalidad de la autopista, de lo que solo se llevaría hecho un 45% (serían unos 70 de 160 km), en un modo que técnicamente fue definido sobre la marcha y que se entiende que el gobierno de la provincia convalida y que no hizo las inversiones previstas, lo que habilitaría rescindir el contrato y reclamar en consecuencia, pero anuncia que se han “neutralizado” las inversiones a cargo del concesionario a la espera de una “renegociación o readecuación” del contrato.

Por lo visto la decisión del gobierno de Lifschitz va por el camino -este sí asfaltado- de “renegociar o readecuar” el contrato con el mismo concesionario incumplidor. Que sea una UTE conformada por las constructoras MILICIC S.A. – OBRING S.A.- VIAL AGRO S.A. – LAROMET S.A. – ROVIAL S.A. – PECAM S.A. no llama la atención, sino que lo explica.

Lo que también explica que las indefiniciones del contrato relativas a las características de la repavimentación, que era la obra más significativa a cargo del concesionario, (como lo sintetizamos acá y acá), sean aprovechadas por la UTE y alegadas como "vicios ocultos", y que encuentren un gobierno proclive a reconocerlo sin más. Lo que también lleva a que el fondo de obra termine en la cuenta del concesionario como crédito por PVP, y para hacer trabajos en el autopista el gobierno tenga que socorrer con partidas complementarias de otra fuente, lo que fuera reconocido por el anterior ministro Ciancio.

Hoy, diputados del FPV anuncian la presentación de un proyecto de resolución solicitando una auditoría al Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Desconoce la iniciativa que el órgano de control dispuso a comienzos de 2013 (“una auditoría con la finalidad de instruir los procedimientos de rigor con carácter permanente durante toda la vigencia de la Concesión por Peaje de la Construcción, Mejoras, Reparación, Conservación, Ampliación, Remodelación, Mantenimiento, Administración, Gerenciamiento y Explotación de la Autopista Provincial AP-01 Brigadier General Estanislao López, de la Provincia de Santa Fe, que resultara adjudicada por Decreto Nº 2236/10 a favor de las firmas MILICIC S.A. - OBRING S.A. - VIAL AGRO S.A – LAROMET S.A. - ROVIAL S.A. - PECAM S.A. (UTE)."), y que la consigna en sus memorias del año 2013 y 2014  "en proceso" (ver acáacá y acá)

Si es por pedir algo, entonces, podría ser que se le remitan los informes de auditoría concretados. De ello se vería si los Vocales de la mayoría automática del TCP cumplieron su función (durante 2015 no se habría concretado ninguna fiscalización) ,y se precisaría lo que en el blog ya habíamos dejado planteado acerca de con cuánto se ha integrado el "fondo de obras" y si es lo que corresponde”, ya que tampoco puede tenerse muy en claro que esos fondos con afectación específica estén disponibles para su fin, toda vez que depositados en la Cuenta Renta Generales se confunden con los de otra fuente, y atento a autorización legislativa al Ejecutivo de utilización del fondo de cuentas unificadas de la provincia casi en su totalidad, impiden tener por probado que siempre la integridad del Fondo está reservado para su fin”.

Y, si es por pedir información útil, deberían exigir que se les ponga a disposición todo lo actuado por el ente de control de la Autopista, el órgano de control interno (ahora) del Ministerio de Infraestructura, no sea que se haya jugado a controlar sin hacer nada conducente.

Por lo demás, si algo estaría bueno también saber es por qué a la fecha no se ha cumplido con la Ley de Administración Financiera Nº 12510, que en su artículo 150 dispone que en las contrataciones de concesiones de obras (como esta lo es) deben preverse “base de cálculo, modos y tiempos de la revisión de las tarifas”, y por el contrario, en forma puntualmente aislada (como se como se vio con el Decreto2513/15), la Provincia las ajusta a partir de una determinada fecha y paralelamente reconoce retroactivamente a la concesionaria un PVP superior (qué es un componente de la tarifa), por lo que termina generosamente reconociéndole compensaciones dinerarias, con directa afectación a la  integración del fondo de obras.

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